miércoles, 2 de noviembre de 2016

Discriminacion por genero


Resultado de imagen para discriminacion por genero

La discriminación de género se produce cuando se trata de manera desigual a la personas según su género. Esta problemática no se basa únicamente en las diferencias de género, sino también en cómo las personas reciben un trato diferente debido a esas diferencias. Los empleadores que ofrecen condiciones de trabajo y oportunidades de ascenso diferentes para los hombres y las mujeres violan las leyes contra la discriminación. Los prestamistas que ofrecen mejores condiciones salariales a un género sobre el otro también violan las leyes contra la discriminación. La discriminación de género es ilegal y existen varias leyes para prevenir y eliminar las prácticas discriminatorias.
La discriminación de género se traduce en el tratamiento injusto hacia una persona a cause de su género. Esta problemática afecta tanto a hombres como a mujeres. Es evidente en situaciones laborales en donde existen tratos preferencia les según el género de los empleados, o algún empleado recibe un salario menor o menos responsabilidades de trabajo debido a los prejuicios de género y a los estereotipos injustos. La discriminación de género también existe en los deportes, en instituciones educativas y en organizaciones políticas; además se puede experimentar cuando las personas buscan una vivienda o solicitan un crédito.


información obtenida: http://pyme.lavoztx.com/discriminacin-de-gnero-causas-efectos-y-soluciones-5175.html



martes, 1 de noviembre de 2016

Discriminación por embarazo


Resultado de imagen para discriminacion por embarazo

Discriminación por Embarazo

Ley Contra Discriminación por Embarazo
La Ley Contra Discriminación por Embarazo exige que las empresas que cuenten con 15 o más empleados traten a las trabajadoras que se encuentran embarazadas de la misma manera que tratan a los demás empleados que sufren alguna clase de discapacidad médica, y por esa razón no pueden trabajar. La ley prohíbe la discriminación laboral basada en el embarazo, en el parto o en cualquier clase de discapacidad realacionada con el embarazo o el parto. La discriminación basada en el embarazo, en el parto o en enfermedades relacionadas con éstos constituye discriminación sexual de carácter ilícito. La Ley Contra Discriminación por Embarazo garantiza igual tratamiento de las discapacidades, entre las que se incluyen: embarazo, parto, enfermedades relacionadas con el embarazo y el parto. Su empleador no podrá despedirla porque esté embarazada ni podrá forzarla a tomar una licencia obligatoria por maternidad.
Por otra parte, usted estará protegida de otras dos maneras. Se le deberán garantizar los mismos beneficios otorgados en las licencias por problemas de salud, incapacidad y enfermedad que padezcan otros empleados que estén experimentando alguna condición médica. Cualquier seguro médico o de salud proporcionado por un empleador deberá cubrir los gastos ocasionados por tratar enfermedades relacionadas con el embarazo en base a la proporción de los costos de otras condiciones médicas.
No es obligatorio poseer un seguro médico encargado de cubrir los costos de un aborto, excepto en los casos en los que la vida de la mamá se encuentre en peligro. Se le deberán asignar diferentes tareas de acuerdo a su estado, se le deberán alternar asignaciones, se le deberá proporcionar licencia por incapacidad laboral transitoria o licencia sin goce de sueldo (dependiendo de la política que posea la empresa en la cual trabaja). Tendrá derecho a desarrollar sus tareas hasta donde pueda realizarlas, sin perjudicar su salud. Se le deberá garantizar la seguridad de su puesto de trabajo una vez que se le haya concedido la licencia. Seguirá acumulando días de antigüedad y días de vacaciones, y también seguirá siendo elegible para obtener aumentos de salario y beneficios.


información obtenida: http://espanol.pregnancy-info.net/discriminacion.html




lunes, 31 de octubre de 2016

Discriminación por religión

La discriminación por religión consiste en tratar a una persona (empleado o solicitante de empleo) de manera no favorable por sus creencias religiosas. La ley protege no solo a las personas que pertenecen a religiones tradicionales y organizadas, como el budismo, el cristianismo, el hinduismo, el islamismo y el judaísmo, sino también a otras personas que tienen sinceras creencias religiosas, éticas o morales.
La discriminación por religión también puede hacer referencia a tratar a una persona de manera diferente por estar casada (o asociada) con una persona de una religión en particular o por su relación con una organización o grupo religioso.
Discriminación por religión y situaciones laborales
La ley prohíbe la discriminación cuando se trata de cualquier aspecto del empleo, como la contratación, el despido, la remuneración, las asignaciones laborales, los ascensos, el despido temporal, la capacitación, los beneficios complementarios y cualquier otro término o condición de empleo.
Discriminación por religión y acoso
Es ilegal acosar a una persona por su religión.
El acoso puede incluir, por ejemplo, comentarios ofensivos sobre las prácticas o creencias religiosas de una persona. Si bien la ley no prohíbe las bromas simples, los comentarios displicentes ni los incidentes esporádicos que no son muy graves, el acoso es ilegal en los casos en los que es tan frecuente o grave que genera un ambiente laboral hostil u ofensivo, o cuando da lugar a una decisión laboral negativa (p. ej., que la víctima sea despedida o asignada a un puesto inferior).
La persona acosadora puede ser el supervisor de la víctima, un supervisor de otra área, un compañero de trabajo o una persona que no trabaje para el empleador, como un cliente.

información obtenida: https://www1.eeoc.gov/spanish/laws/types/religion.cfm?renderforprint=1







Resultado de imagen para discriminacion religiosa


martes, 25 de octubre de 2016

ORIENTACIÓN SEXUAL

La orientación sexualtendencia sexual o inclinación sexual se refiere a un patrón de atracción sexual, erótica, emocional o amorosa a determinado grupo de personas definidas por su sexo. La orientación sexual y su estudio, pueden ser divididos en tres principales partes, siendo la heterosexualidad (atracción hacia personas del sexo opuesto), la homosexualidad (atracción hacia personas del mismo sexo) y la bisexualidad (atracción hacia personas de ambos sexos) los más conocidos. Otros tipos de orientación sexual pueden ser la asexualidad, la pansexualidad, la demisexualidad, la antrosexualidad, etc.
El comportamiento sexual humano, la identidad de género, la identidad sexual son términos relacionados con la orientación sexual, ya que psicológicamente conforman la percepción sexual en una persona. La preferencia sexual sugiere un grado de elección, que determina la vida sexual de una persona al establecer un género como objeto de deseo. La concordancia o discordancia se refiere a la relación o similaridad entre preferencia sexual y la orientación sexual. Se aplica el término concordancia a una persona cuyas preferencias sexuales coinciden con su orientación sexual (por ejemplo: un hombre declarado homosexual que sostiene relaciones sexuales con personas del género masculino), mientras que discordancia se refiere a la diferencia entre la preferencia sexual y la orientación sexual (por ejemplo: una mujer declarada heterosexual que siente atracción sexual a personas del género femenino, que sostiene relaciones sexuales con personas del género masculino y que prefiere ser llamada heterosexual).

información obtenida: https://es.wikipedia.org/wiki/Orientaci%C3%B3n_sexual




Resultado de imagen para orientacion sexual


domingo, 23 de octubre de 2016

Discapacidad

La discapacidad es aquella condición bajo la cual ciertas personas presentan alguna deficiencia física, mental, intelectual o sensorial que a largo plazo afectan la forma de interactuar y participar plenamente en la sociedad.
La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por la ONU en 2006, define de manera genérica a quien posee una o más discapacidades como persona con discapacidad. En ciertos ámbitos, términos como "discapacitados", "ciegos", "sordos", etcétera, aún siendo correctamente empleados, pueden ser considerados despectivos o peyorativos, ya que para algunas personas dichos términos «etiquetan» a quien padece la discapacidad, lo cual interpretan como una forma de discriminación. En esos casos, para evitar conflictos de tipo semántico, es preferible usar las formas «personas con discapacidad», «personas sordas», «personas con movilidad reducida» y otros por el estilo, pero siempre anteponiendo «personas» como un prefijo, a fin de hacer énfasis en sus derechos humanos y su derecho a ser tratados con igualdad. La persona con discapacidad es un sujeto de derecho.El ejercicio de los mismos se ve dificultado y vulnerado por su condición de inferioridad.


información obtenida: https://es.wikipedia.org/wiki/Discapacidad





Resultado de imagen para discapacidad

miércoles, 19 de octubre de 2016

EL BULLYING

El bullying suele tener lugar en el aula y en el patio de la escuela. Este tipo de violencia por lo general afecta a niños y niñas de entre 12 y 15 años, aunque puede extenderse a otras edades.
Cuando se habla de bullying hay que establecer que los profesionales expertos en la materia tienen muy claro qué perfiles tienen el acosador y el acosado. Así, en el primer caso, estas son las principales señas de identidad que le definen:
• El acosador es alguien que necesita tener el dominio sobre otro para sentirse poderoso y así ser reconocido.
• Carece de habilidades sociales y no muestra ningún tipo de capacidad de empatía.
• Por regla general, es alguien que suele tener problemas de violencia en su propio hogar.
• No tiene capacidad de auto crítica y manipula a su antojo la realidad.
En el segundo caso, el del acosado, estas podemos decir que son las características que le suelen identificar:
• Es alguien sumiso.
• Tiene baja autoestima y además no posee una personalidad segura.



INFORMACIÓN OBTENIDA: http://definicion.de/bullying/










Resultado de imagen para el bullying














miércoles, 12 de octubre de 2016

LA DISCRIMINACIÓN



Es toda aquella acción de un trato diferente a una persona, y de esto puede venir una consecuencia negativa por este trato.
Normalmente esto se da cuando las personas tienen cualidades, orígenes y otros factores. Este rechazo puede realizarse con miradas odiosas o falta de aceptación en lugares públicos. 
Resultado de imagen para a discriminacion
tipos de discriminación:
*social
*laboral
*sexual
*racial
*ideológica
*religiosa 


para mas informacion:  https://es.wikipedia.org/wiki/Discriminaci%C3%B3n